SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO

D E   L A   M O R A   V E L Á Z Q U E Z   -   ABOGADOS




¿QUÉ PUEDO HACER SI ALGUNA PARTE DEL CONTRATO NO ESTÁ CUMPLIENDO CON SUS OBLIGACIONES?

Cuando hay incumplimiento por alguna parte del contrato, se tiene derecho a exigir que se cumpla de manera forzosa con la obligación pactada o, en su defecto, a el pago de gastos y costas generadas por el incumplimiento, pero no ambos; con la excepción  de los casos en los que así se hubiere estipulado la pena por el simple retardo en el cumplimiento de la obligación o porque ésta no se preste de la manera convenida.

¿QUÉ PASA SI HUBO CUMPLIMIENTO PARCIAL DEL CONTRATO? 

En caso de incumplimiento parcial, al igual que con el incumplimiento total, se puede demandar el cumplimiento total del mismo, o el pago de los gastos y costas que se deriven de ello; si la obligación fuere cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción.


Los contratos son una forma eficaz de llegar a un fin común entre dos o más involucrados teniendo certeza legal de un cumplimiento integro o, en el caso contrario, una compensación suficiente por los menoscabos que se pudieran generar por el incumplimiento parcial o total del acuerdo.

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DE LA MORA VELÁZQUEZ - ABOGADOS

04-OCTUBRE-2023

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