SOBRE EL

DIVORCIO CONTENCIOSO

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¿CUÁL ES EL DIVORCIO CONTENCIOSO Y CUÁNDO APLICA?

Primero hay que definir el divorcio como la acción jurídica que disuelve el vínculo del matrimonio y todas los derechos y obligaciones que se adquieren con este. Así mismo el divorcio permite que cualquiera de las partes divorciadas adquiera nuevamente nupcias.

El divorcio puede ser de dos tipos, el divorcio contencioso, que no requiere consentimiento de la otra parte, y el divorcio por mutuo consentimiento (véase en DIVORCIO MUTUO), para el que sí se requiere consentimiento de ambas partes. 

El divorcio contencioso es aquel que se solicita cuando no hay acuerdo de separación pero alguna de las partes se quiere separar legalmente, esto sin ser necesaria la aceptación de la otra parte y sin necesidad de otra causa que el deseo de la separación.

¿Qué se necesita para llevar a cabo este proceso de Divorcio?

Se presentará ante el juez competente una demanda acompañada de los siguientes documentos:

-Las actas que acrediten el estado civil de quien promueve.

-Actas de nacimiento de tanto quien hace la demanda como de la persona a quien demanda, y, en su caso, las de sus hijos;

-Cuando quien demande sea la cónyuge deberá presentar un certificado expedido por la Secretaría de Salud, en el que dé cuenta sobre la gravidez o ingravidez con un tiempo de expedición no mayor a los 30 días naturales; 

-Un proyecto donde se proponga la distribución de los bienes del matrimonio; y

-Se propondrá a quien sea confiado el cuidado temporal de los hijos de matrimonio, durante el procedimiento y así mismo de forma definitiva después de ejecutoriado el divorcio; 

Así mismo en caso de así desearlo, se demandará la cantidad que a título de alimentos, el demandado debe pagar al accionante durante el procedimiento o después de ejecutoriada la sentencia.

Resuelto el divorcio, el juez del juzgado de familia concede la separación de los cónyuges y prescribe medidas para la manutención temporal de los hijos y del cónyuge en función del acuerdo presentado con los documentos judiciales. 

El juez convoca a las personas divorciadas a dos sesiones de mediación, a las que debe asistir el cónyuge del solicitante. 

Si no están de acuerdo o no llegan a un acuerdo, deben acordar la solicitud de divorcio en ambos casos, y el juez del juzgado de familia dicta la sentencia de divorcio en concordancia con el acuerdo que estipula la ley. 

Los cónyuges que solicitan el divorcio pueden reunirse y conciliarse en cualquier fase del proceso, siempre que la solicitud de divorcio sea nula hasta que se dicte sentencia de divorcio, y no puedan solicitar otro divorcio hasta un año después de la conciliación.

En caso de que ambas partes del matrimonio estén de acuerdo en la separación legal y todos los puntos relativos a esta, podrán acudir ante los juzgados competentes en conjunto presentando un convenio donde se pacten los puntos de interés y solicitar el DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO.

DE LA MORA VELÁZQUEZ - ABOGADOS

22-MAYO-2023

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